Somos una entidad privada sin ánimo de lucro, del orden nacional, que presta un servicio público como actor permanente del sistema de seguridad social, adscrita al Ministerio del Trabajo. Además, actuamos como segunda instancia en la calificación de casos relacionados con actores exceptuados y ofrecemos servicios periciales en los distintos eventos permitidos por la ley.

Somos una entidad privada adscrita al Ministerio de Trabajo, responsable de resolver, en primera instancia los desacuerdos o inconformidades derivados de los dictámenes emitidos en primera oportunidad por la Administradora Colombiana de Pensiones (COLPENSIONES), las Administradoras de Fondos de Pensiones, las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), las Empresa Promotoras de Salud (EPS), y las compañías de seguros que administran los riesgos derivados de la invalidez y muerte. garantizando que los procedimientos de evaluación sean objetivos, justos y alineados con la normatividad vigente.

  • Promoción y Comunicación Institucional

  • Cumplimiento Normativo

  • Gestión de Procesos Misionales

  • Protección de Derechos Fundamentales

  • Desarrollo y Bienestar del Talento Humano

  • Mejora Continua en Procesos de Apoyo

CONSULTA TU CASO CON NOSOTROS

Acceda a continuación para verificar el esta actual de su solicitud de pensión por invalidez de manténgase al tanto de los avances en su proceso.

1

Recepción de la Solicitud

3

Designación de Peritos

5

Emisión del Dictamen

2

Revisión Previa y Notificación

4

Evaluación Integral

6

Resolución de Inconformidades (Si Aplica)

7

Registro y Archivo

8

Seguimiento y Evaluación del Proceso

NUESTROS SERVICIOS

Clasificacón según su caso

Calificación Por Empleador

El empleador, como parte interesada en el trámite de calificación ante las Juntas de Calificación de Invalidez, tiene la facultad legal de solicitar la evaluación de la pérdida de capacidad laboral, el origen de las patologías y la determinación de la fecha de estructuración en casos de trabajadores que, dentro de una relación laboral, hayan sufrido accidentes de trabajo o enfermedades de origen laboral.

Calificación para Fiscalías:

En el marco de investigaciones relacionadas con presuntas conductas punibles, las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez actúan como peritos o auxiliares de la justicia. Su función es asesorar a las autoridades de la Jurisdicción Penal Ordinaria de Colombia en la determinación de la pérdida de capacidad laboral o el grado de invalidez de las posibles víctimas.

Calificación Juzgados

Los operadores judiciales en Colombia, en el marco de la resolución de conflictos sometidos a su conocimiento dentro de un proceso judicial, pueden requerir la intervención de peritos para la emisión de dictámenes o experticios especializados. Estos pueden enfocarse en aspectos como la pérdida de capacidad laboral, la fecha de estructuración o el origen de patologías, con el propósito de ser presentado como prueba en dichos procesos.

Ministerio del Trabajo

El Ministerio del Trabajo, en el ejercicio de sus funciones administrativas y policivas en materia laboral y de seguridad social, así como en actividades de inspección, vigilancia y conciliación extrajudicial exclusiva, puede requerir los dictámenes emitidos por las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez para cumplir con sus responsabilidades de manera efectiva.

Calificación Particular

El trabajador, el afiliado al sistema general de seguridad social, el beneficiario de un pensionado o trabajador, así como cualquier usuario, servidor público u otra persona natural que requiera un dictamen de las Juntas de Calificación de Invalidez para sustentar el reclamo de un derecho mediante un trámite administrativo o judicial, puede solicitarlo directamente a la entidad, siempre que manifieste y argumente la necesidad del mismo.

Primera oportunidad

Las decisiones emitidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, COLPENSIONES, las Administradoras de Riesgos Laborales y las Empresas Promotoras de Salud, cuando no sean aceptadas por las personas interesadas, son evaluadas en primera instancia por las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez.

Víctima de Conflicto Armado

Las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez (JRCI) emiten dictámenes técnicos sobre la Pérdida de Capacidad Laboral (PCL) de las víctimas del conflicto armado en Colombia, requisito para acceder a la Prestación Humanitaria. El dictamen debe certificar una PCL igual o superior al 50% y establecer un nexo causal con el hecho victimizante. Para solicitarlo, la víctima debe presentar el acto administrativo del Registro Único de Víctimas (RUV) y cubrir los honorarios correspondientes a tres días del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV). Este dictamen tiene validez exclusivamente para trámites relacionados con la prestación.

NUESTRO EQUIPO

Horario

Lun- vier de 8:00 a.m a 5:00 p.m

sábados de 8:00 a 12 a.m

Contacto

Comuníquese al 

322-7066486

Fijo (5894249)

Dirección

Calle 16 #21a – 65

 local 3 Barrio Dangond

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